La reforma electoral aprobada hoy por el Senado además de habilitar el voto con la nueva tarjeta de identidad, en lugar del tradicional DNI libreta, fija multas de entre 50 y 500 pesos para quienes no concurran a sufragar sin un motivo justificado.
El articulo 5 de la norma establece que “la constancia del voto” será entregada por el presidente de mesa al votante, pero elude definir en qué consistirá.
Señala que la forma será definida por el Poder Ejecutivo en consulta con la Justicia Electoral cuando se reglamente la ley, posterior a la sanción parlamentaria.
La iniciativa asegura que el DNI libreta, así como la libreta de enrolamiento y la libreta cívica serán reconocido como documentos habilitantes del voto.
Fija un plazo de 60 días para presentar la justificación a la ausencia en el día de las elecciones y fija que quien “no pague la multa no podrá realizar gestiones o tramites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales”.
La norma obliga a los empleados públicos a la presentación de las constancias de la emisión del voto al día siguiente de los comicios y advierte por su incumplimiento “serán sancionados con la suspensión de hasta seis meses”.
8 Comentarios
Todos los comentarios
Usuario Invitado
16-05-2012 23:14:24Usuario Invitado
16-05-2012 22:06:44Usuario Invitado
16-05-2012 22:05:20Usuario Invitado
16-05-2012 22:01:27Usuario Invitado
16-05-2012 20:58:50Usuario Invitado
16-05-2012 20:29:26Usuario Invitado
16-05-2012 20:23:24Usuario Invitado
16-05-2012 20:21:51