PARA SUELDOS DE APROXIMADAMENTE $ 15.385 MENSUALES

Vence Ganancias para empleados y se podrá presentar con nuevo sistema

Con clave fiscal o con la clave de homebanking y entrando a "Mis Aplicaciones Web". La declaración informativa de Ganancias para quienes no debían pagar es más simple.

Hoy vencen las declaraciones juradas informativas para jubilados, pensionados y empleados en relación de dependencia con un sueldo aproximado de $ 15.385 por mes y Ganancias se podrá presentar por un Régimen Simplificado. Este año los valores mínimos que generan la obligatoriedad de la presentación fueron modificados, recordaron Javier Sabin y Elisabet Losada, de la consultora EY, y añadieron que si los salarios brutos anuales de 2015 fueron iguales o superiores a:

-$ 300.000 se deben presentar las declaraciones informativas de los impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales

-$ 200.000, sólo la declaración jurada de Bienes Personales.
Ambas declaraciones pueden confeccionarse utilizando el aplicativo de AFIP: "Ganancias y Bienes Personales" vigente (se debe previamente tener instalado el Siap). Sin embargo, la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias también puede realizarse a través del Régimen Simplificado de Ganancias Personas Físicas, puntualizaron Sabin y Losada.

En un breve cuestionario, Celeste Pizá, de CP Consultoría explicó lo siguiente:
¿Qué es la Ganancia Bruta, y cómo se sabe cuál es la Renta Gravada del año 2015?
La Ganancia Gravada es el total de las sumas abonadas. Se encuentran comprendidos, entre otros conceptos: horas extras, adicionales por zona, título, vacaciones, gratificaciones de cualquier naturaleza, comisiones por ventas y honorarios percibidos por el desarrollo de la actividad en relación de dependencia, remuneraciones que se perciban durante licencias o ausencias por enfermedad, indemnizaciones por falta de preaviso en el caso de despidos, también aquellos beneficios sociales a favor de los dependientes. No constituyen ganancias integrantes de la base de cálculo, entre otros, las asignaciones familiares, las indemnizaciones por causa de muerte o incapacidad producida por accidente o enfermedad; o por antigüedad en caso de despido. Para corroborar cuál es la Ganancia Bruta, se debe solicitar al empleador el F.649 o Formulario Liquidación.

Si se tienen ganancias gravadas por menos de $ 200.000, ¿se debe presentar algún Impuesto?
Solamente Bienes Personales si se poseen bienes por un importe superior al mínimo no imponible de ese impuesto. Y siempre y cuando, no perciba rentas por ellos.


Si no se posee bienes pero las rentas superan los $ 200.000, ¿se debe presentar la declaración jurada?
Si, la misma se confeccionará informando que no posee bienes. Sabin explicó que el régimen simplificado se puede utilizar con clave fiscal en "Mis Aplicaciones", o a través de la clave de homebanking ("Servicios AFIP"). Allí, deberán seleccionar un "Nuevo" formulario; elegir "F. 711 - Régimen Simplificado Ganancias", y completar que han adquirido exclusivamente sueldos o jubilaciones y como excepción, ingresos como monotributistas, y declarar que no tienen bienes en el exterior o no es aplicable el régimen.

Se debe contar con el formulario F. 649, donde se resumen los salarios brutos, los aportes de seguridad social y obra social y las deducciones generales y personales que el empleador computó con la información brindada por los trabajadores en el formulario F. 572.

Aquellos que no tuvieron retenciones en 2014 y 2015 deben declarar que sus sueldos fueron inferiores a $ 15.000.

Luego, deben clickear en "Ingresos" y cargar el salario bruto total, y en "Deducciones y Desgravaciones", transcribir las deducciones generales y personales que consideró el empleador en el formulario F. 649.

Finalmente, en la solapa de "Pagos a Cuenta" se incluyen las retenciones del empleador y las percepciones por compra de dólares (se pueden importar seleccionando el botón "Mis Retenciones").

Finalmente, se debe controlar que el saldo a ingresar a AFIP sea cero. De lo contrario, se generaría una inscripción auto mática en Ganancias, habilitando a la AFIP para que intime el ingreso del saldo erróneamente declarado, concluyó Sabin.

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